Poder Público-Rama Legislativa
Acto Legislativo 01 de 2015
(Junio 25 de 2015)
Por el cual se
reforma el artículo 221 de la Constitución
Política de Colombia.
Segunda Vuelta.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. El artículo 221 de la Constitución
Política quedará así:
De las conductas punibles cometidas por los miembros de la Fuerza
Pública en servicio activo, y en relación con el mismo servicio, conocerán las
cortes marciales o tribunales militares, con arreglo a las prescripciones del
Código Penal Militar. Tales Cortes o Tribunales estarán integrados por
miembros de la Fuerza Pública en servicio activo o en retiro.
En la investigación y juzgamiento de las conductas punibles de los
miembros de la Fuerza Pública, en relación con un conflicto armado o un
enfrentamiento que reúna las condiciones objetivas del Derecho Internacional
Humanitario, se aplicarán las normas y principios de este. Los jueces y
fiscales de la justicia ordinaria y de la Justicia Penal Militar o Policial que
conozcan de las conductas de los miembros de la Fuerza Pública deberán tener
formación y conocimiento adecuado del Derecho Internacional Humanitario.
La Justicia Penal Militar o policial será independiente del mando
de la Fuerza Pública.
Artículo 2°. El presente acto legislativo rige a partir de la fecha de su
promulgación.
El Presidente del honorable
Senado de la República,
José
David Name Cardozo.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Gregorio
Eljach Pacheco.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
Fabio
Raúl Amín Saleme.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Jorge
Humberto Mantilla Serrano.
Bogotá D. C., 12 de junio de 2015
Doctor
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
Presidente de la República
Ciudad
Señor
Presidente:
Acompañado de todos sus antecedentes y debidamente autorizado por
el doctor José David Name Cardozo, Presidente del
Senado de la República, de la manera más atenta me permito enviar en doble
ejemplar aprobado en segunda vuelta, el Proyecto
de Acto Legislativo número 22 de 2014 Senado - 167 de 2014 Cámara, por el cual se reforma el artículo 221 de la
Constitución Política de Colombia. (Segunda Vuelta).
El mencionado Proyecto de Acto Legislativo fue considerado y
aprobado en las siguientes fechas:
Senado de la República: Sesión de la Comisión Primera el día 14 de
abril de 2015 y Sesión Plenaria el día 29 de abril de 2015.
Cámara
de Representantes: Sesión de la Comisión Primera el día 19 de mayo de 2015 y en
Sesión Plenaria los días 9 y 10 de junio de 2015.
Cordialmente,