Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Decreto 4287 de 2010
(Noviembre 16 de 2010)
Por el cual se
adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2010 y se
efectúa la correspondiente liquidación.
El Presidente de la República de Colombia
En uso de las facultades constitucionales y
legales, en especial las que le confieren los artículos 33 y 67 del Estatuto
Orgánico del Presupuesto, y
Considerando
Que el Congreso de la República, en virtud del artículo 349 de la Constitución
Política, expidió la Ley
1365 de 2009, por la cual se
decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2010,
la cual se liquidó por medio del Decreto 4996 de
2009;
Que el artículo 352 de la Constitución
Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de
regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución
del Presupuesto General de la Nación;
Que el Gobierno de la República de Colombia, a través del
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, recibió del Banco Interamericano
de Desarrollo (BID), recursos de carácter no reembolsable por la suma de
$43.497.104, para el proyecto “Implementación y administración de acuerdos
comerciales suscritos por Colombia en aplicación del Convenio de Cooperación
Técnica no Reembolsable número ATN/CC-10703-CO;
Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto
Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos
de asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsable, hacen
parte del presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se
incorporarán al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno,
previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor. Su
ejecución se realizará de conformidad con lo estipulado en los convenios o
acuerdos internacionales que los originen y estarán sometidos a la vigilancia
de la Contraloría General de la República;
Que el artículo 67 del Estatuto
Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el
Decreto de Liquidación del Presupuesto General de la Nación, el citado artículo
prevé que el decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto;
Que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, mediante
Oficio número 2-2010-043257 del 27 de octubre de 2010, solicitó la
incorporación al Presupuesto General de la Nación por la suma de $43.497.104,
para el proyecto “Implementación y administración de acuerdos comerciales
suscritos por Colombia en aplicación del Convenio de Cooperación Técnica no
Reembolsable número ATN/CC-10703-CO;
Que el Departamento Nacional de Planeación, mediante oficio
DIFP-20102660005556 del 26 de octubre de 2010, suscrito por la Directora de
Inversiones y Finanzas Públicas, emitió concepto favorable sobre la adición por
$43.497.104, al presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Comercio,
Industria y Turismo;
Que el Tesorero del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo,
mediante Certificación del 18 de agosto de 2010, manifestó la disponibilidad
de los recursos provenientes del Convenio de Cooperación Técnica no
reembolsable número ATN/CC-10703-CO en la Cuenta Corriente número 010-994499
del Banco Davivienda – Red Bancafé,
Decreta
Artículo 1. Adición al presupuesto de rentas y recursos de capital. Efectúase la
siguiente adición al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del
Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2010, en la suma
de cuarenta y tres millones cuatrocientos noventa y siete mil ciento cuatro
pesos moneda legal ($43.497.104), según el siguiente detalle:
Rentas del Presupuesto General de la Nación
1. Ingresos del Presupuesto Nacional |
43.497.104 |
2. Recursos de Capital de la Nación |
43.497.104 |
Artículo 2. Adición al presupuesto de gastos o ley de apropiaciones. Efectúase la siguiente adición al Presupuesto de Gastos o
Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia
fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2010, en la suma de cuarenta y
tres millones cuatrocientos noventa y siete mil ciento cuatro pesos moneda
legal ($43.497.104), según el siguiente detalle:
ADICIONES — PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN
SECCIÓN 3501
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
UNIDAD 350101 GESTIÓN GENERAL
Prog |
Subp |
Concepto |
Aporte Nacional |
Recursos Propios |
Total |
||||
C. PRESUPUESTO DE INVERSIÓN |
43.497.104 |
43.497.104 |
|||||||
540 |
Coordinación, administración, promoción
y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a la
administración del Estado |
43.497.104 |
43.497.104 |
||||||
205 |
Comercio externo |
43.497.104 |
43.497.104 |
||||||
TOTAL PRESUPUESTO SECCIÓN |
43.497.104 |
43.497.104 |
|||||||
Artículo 3. Liquidación a la adición del Presupuesto de Rentas y Recursos de
Capital. Efectúase la siguiente liquidación a
la adición al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto
General de la Nación para la vigencia fiscal de 2010, contenida en el artículo 1°
del presente decreto, en la suma de cuarenta y tres millones cuatrocientos
noventa y siete mil ciento cuatro pesos moneda legal ($43.497.104), según el
siguiente detalle:
Rentas del Presupuesto General de la Nación
1. Ingresos del Presupuesto Nacional |
43.497.104 |
2. Recursos de Capital de la Nación |
43.497.104 |
Artículo 4. Liquidación a la adición
del presupuesto de gastos o ley de apropiaciones. Efectúase
la siguiente liquidación a la adición al Presupuesto de Gastos o Ley de
Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del
1° de enero al 31 de diciembre de 2010, contenida en el artículo 2° del
presente decreto, en la suma de cuarenta y tres millones cuatrocientos noventa
y siete mil ciento cuatro pesos moneda legal ($43.497.104), según el siguiente
detalle:
ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN
SECCIÓN 3501
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
UNIDAD 350101 GESTIÓN GENERAL
Prog |
Subp |
Concepto
|
Aporte
Nacional |
Recursos
Propios |
Total
|
||||
C.
PRESUPUESTO DE INVERSIÓN |
43.497.104
|
43.497.104
|
|||||||
540
|
Coordinación,
administración, promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera
para apoyo a la administración del Estado |
43.497.104
|
43.497.104
|
||||||
205
|
Comercio
externo |
43.497.104
|
43.497.104
|
||||||
TOTAL
PRESUPUESTO SECCIÓN |
43.497.104
|
43.497.104
|
|||||||
Artículo 5. Anexo. El presente decreto se acompaña de un anexo que contiene
el detalle del gasto.
Artículo 6. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su
publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a
16 de noviembre de 2010.
JUAN MANUEL SANTOS
CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y
Crédito Público,
Juan
Carlos Echeverry Garzón.
ANEXO
DETALLE DE LA COMPOSICIÓN DEL PRESUPUESTO DE RENTAS
CONCEPTO |
TOTAL |
RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN
1.
INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL |
43.497.104
|
2.
RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACIÓN |
43.497.104
|
TOTAL
PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL |
43.497.104
|
ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN
Prog |
Subp |
Proy |
Rec |
Concepto |
Aporte Nacional |
Recursos Propios |
Total |
||||||||||
SECCIÓN 3501 MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO UNIDAD 350101 GESTIÓN GENERAL |
|||||||||||||||||
TOTAL PRESUPUESTO |
43.497.104 |
43.497.104 |
|||||||||||||||
C. PRESUPUESTO DE INVERSIÓN |
43.497.104 |
43.497.104 |
|||||||||||||||
540 |
Coordinación, administración,
promoción y/o seguimiento de cooperación técnica y/o financiera para apoyo a
la administración del Estado |
43.497.104 |
43.497.104 |
||||||||||||||
540 |
205 |
Comercio externo |
43.497.104 |
43.497.104 |
|||||||||||||
540 |
205 |
3 |
Implementación y administración
de acuerdos comerciales suscritos por Colombia |
43.497.104 |
43.497.104 |
||||||||||||
15 |
Donaciones |
43.497.104 |
43.497.104 |
||||||||||||||
TOTAL PRESUPUESTO SECCIÓN |
43.497.104 |
43.497.104 |
|||||||||||||||