Alcaldía Mayor de Bogotá
Decreto 54 de 2011
(Febrero
11 de 2011)
Por
el cual se modifica el artículo 1 del Decreto Distrital
248 de 2009.
El
Alcalde Mayor de Bogotá
En
uso de sus facultades legales, en especial de las conferidas por los artículos
39, 40 y 53 del Decreto Ley 1421 de 1993, en concordancia con el artículo 38 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto
Distrital 029 de 2009 se creó, con carácter
temporal, la Comisión Intersectorial para la preparación, organización y
desarrollo del torneo de fútbol FIFA U – 20 WORLD CUP COLOMBIA 2011, en
la subsede Bogotá, Distrito Capital.
Que el Alcalde Mayor a través
del Decreto 248
de 2009, modificó el artículo 1° del Decreto
029 de 2009, en cuanto a la integración
de la Comisión Intersectorial para la preparación, organización y desarrollo
del torneo de fútbol FIFA U – 20 WORLD CUP COLOMBIA 2011, en la subsede
Bogotá, Distrito Capital.
Que dada la proximidad de la
realización del torneo de fútbol FIFA U – 20 WORLD CUP COLOMBIA 2011, en
la subsede Bogotá, Distrito Capital, se requiere intensificar y optimizar la
actividad interinstitucional, lo cual hace necesario modificar la integración
de la Comisión Intersectorial tendiente a la preparación, organización y
desarrollo de las actividades y acciones del citado torneo, para incluir la
participación directa del Jefe de la Administración Distrital y/o su delegado,
e incluir representantes de otras entidades e instituciones.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Modificar
el Artículo 1° del Decreto
Distrital 248 de 2009, el cual quedará así:
"Artículo 1°.- Crear con
carácter temporal, la Comisión Intersectorial para la preparación, organización
y desarrollo de las actividades y acciones del torneo de fútbol FIFA U – 20
WORLD COLOMBIA 2011, en la subsede Bogotá, Distrito Capital, la cual estará
integrada por los/as siguientes servidores/as públicos/as:
1. El Alcalde Mayor o su
delegado que será el Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.,
quien la presidirá.
2. La doctora Catalina Ramírez
Vallejo, Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
3. La doctora Mariela del
Socorro Barragán Beltrán, Secretaria Distrital de Desarrollo Económico.
4. El doctor Edgar Mauricio
Garzón González, Director General del Jardín Botánico "José Celestino
Mutis".
5. La doctora Nohora Isabel Vargas Castro, Directora General del
Instituto Distrital de Turismo.
6. La doctora Miriam Margoth Martínez Díaz Directora General de la Unidad
Administrativa Especial de Servicios Públicos.
7. El doctor Néstor Eugenio
Ramírez Cardona, Director General del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU.
8. El doctor Guillermo Escobar
Castro, Director del Fondo de Prevención y Atención de Emergencias – FOPAE.
9. La doctora Ana Edurne Camacho Corredor, Directora General del Instituto
Distrital de Recreación y Deporte – IDRD.
10. La doctora Juliana Henao
Ovalle, Vicepresidenta Comercial de la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá
S.A.-ETB-ESP.
11. El doctor Juan Eugenio
Varela Beltrán, Subsecretario de Salud.
12. El doctor Juan Carlos Almonacid Martínez, Alcalde Local de Teusaquillo.
13. La doctora Juliana Uribe
Villegas, Directora Distrital de Relaciones Internacionales de la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
14. El doctor Andrés Rojas
Franco, Asesor de Comunicaciones del Alcalde Mayor.
15. El Teniente Coronel Jorge
Alexander Gallego Chávez, quien será invitado a las sesiones de la Comisión.
Parágrafo 1. Salvo
lo dispuesto en el numeral 1° del presente artículo, los/as servidores/as
públicos/as que integran la Comisión Intersectorial no podrán delegar su
participación.
Parágrafo 2. La
Comisión podrá convocar como invitados especiales con derecho a voz, pero sin
voto, a personas o representantes de los organismos nacionales e
internacionales, que por su conocimiento y experiencia en este tipo de
actividades puedan contribuir con sus aportes para el cumplimiento de sus
funciones.
Parágrafo 3. Serán
aplicables para el funcionamiento de la Comisión las disposiciones generales
contenidas en el Decreto
Distrital 546 de 2007.
La Secretaría Técnica del
Comité estará a cargo de la Directora General del Instituto Distrital de
Recreación y Deporte – IDRD, y para el desempeño de su función podrá tener
soporte técnico en las Unidades Técnicas de Apoyo – UTA, de que trata el
artículo 6º del Decreto
Distrital 546 de 2007.
Artículo 2°.- El
presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las
disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y
CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 11
días del mes de febrero del año 2011.
SAMUEL MORENO ROJAS
Alcalde Mayor