Ministerio de Minas y Energía

Resolución 90454 de 2013

(Junio 17 de 2013)

 

Por la cual se modifica la Resolución número 90093 del 19 de febrero de 2013.

 

El Ministro de Minas y Energía, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 2° del Acto Legislativo número 5 de 2011, la Ley 1530 de 2012, la Ley 1606 de 2012, el artículo 2° del Decreto número 0381 de 2012, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el artículo 1° de la Resolución número 181283 del 31 de julio de 2012, el Ministerio de Minas y Energía delegó la función de conocimiento y cartografía geológica del subsuelo colombiano, en materia de hidrocarburos a la Agencia Nacional de Hidrocarburos – ANH, hasta el 30 de julio de 2014.

 

Que igualmente, el Ministerio de Minas y Energía, mediante la Resolución número 181283 del 31 de julio de 2012, en su artículo 2° delegó la función de conocimiento y car­tografia geológica del subsuelo colombiano en el Servicio Geológico Colombiano, excepto la delegación prevista a la Agencia Nacional de Hidrocarburos conforme a lo previsto en el considerando anterior.

 

Que mediante el artículo 1° de la Resolución número 90093 del 19 de febrero de 2013, el Ministerio de Minas y Energía distribuyó el porcentaje destinado a la fiscalización de la exploración y explotación de los yacimientos mineros e hidrocarburíferos, y al conocimiento y cartografía geológica del subsuelo en materia minera e hidrocarburífera.

 

Que la delegación de las funciones de conocimiento y cartografía geológica del subsuelo colombiano por parte del Ministerio de Minas y Energía, se hizo necesaria en razón a que el Servicio Geológico Colombiano tiene como objeto realizar la investigación científica básica y aplicada del subsuelo colombiano conforme a lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto–ley 4131 de 2011 y la Agencia Nacional de Hidrocarburos ejecuta funciones afines y complementarias al conocimiento y cartografía en materia de hidrocarburos de acuerdo con lo previsto en artículo 4° del Decreto–ley 4137 de 2011.

 

Que por lo anterior resulta necesario modificar la Resolución número 90093 del 19 de febrero de 2013, de manera tal que el porcentaje destinado al conocimiento y cartografía geológica del subsuelo previsto en la Resolución 90093 del 19 de febrero de 2013 no se circunscriba en lo que respecta al Servicio Geológico Colombiano, única y exclusivamente al tema minero, toda vez que de acuerdo con la delegación efectuada mediante la Resolución número 181283 del 31 de julio de 2012 proferida por el Ministerio de Minas y Energía en su artículo 2°, dispuso la delegación de la función de conocimiento y cartografía geológica del subsuelo colombiano en el Servicio Geológico Colombiano, excepto la delegación prevista en el artículo 1° de la Resolución número 181283 del 31 de julio de 2012, es decir, con la salvedad en materia hidrocarburífera.

 

Que por lo tanto, el conocimiento y cartografía geológica del subsuelo colombiano, salvo en materia hidrocarburífera, comprende no solo el tema minero sino los temas correspon­dientes a conocimiento y cartografía regional, conocimiento y cartografía aplicada a otros recursos del subsuelo, amenazas geológicas, gestión de la información y apropiación del conocimiento del subsuelo colombiano, por lo cual se hace necesario modificar la Resolución número 90093 del 19 de febrero de 2013.

 

Que en virtud de lo anterior,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Modificar el artículo 1° de la Resolución número 90093 del 19 de febrero de 2013, el cual quedará así:

 

“Artículo 1°. Distribuir el porcentaje destinado a la fiscalización de la exploración y explotación de los yacimientos mineros e hidrocarburíferos, y al conocimiento y cartografía geológica del subsuelo de que tratan los artículos 2° del Acto Legislativo número 05 de 2011 y 13 de la Ley 1530 de 2012, para los años 2013 y 2014, así:

 

Concepto

Entidad

2013 (valores en pesos)

2014 (valores en pesos)

Sección

Fiscalización de la explo­ración y explotación de los yacimientos mineros

Agencia Nacional de Mi­nería

86.403.827.633

62.262.000.000

2112

Fiscalización de la explo­ración y explotación de los yacimientos mineros

Departamento de Antioquia

1.000.000.000

0

05000

Fiscalización de la  explo­ración y explotación de los yacimientos hidrocar­buríferos

Agencia Nacional de Hidro­carburos

14.718.000.000

6.496.000.000

2111

Conocimiento y cartografía geológica del subsuelo en materia hidrocarburífera

Agencia Nacional de Hidro­carburos

20.000.000.000

20.000.000.000

2111

Conocimiento y cartografía geológica del subsuelo sal­vo el tema hidrocarburífero

Servicio Geológico Co­lombiano

60.685.000.000

82.960.000.000

2103

TOTAL

182.806.827.633

171.718.000.000

 

Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

 

 

Publíquese y cúmplase

 

Dada en Bogotá, D. C., a 17 de junio de 2013

 

El Ministro de Minas y Energía,

Federico Rengifo Vélez

 

(C. F.)